Karlina Quiroz, mujer trans de Chone, denunció dos internamientos forzados en centros de rehabilitación: uno en 2019 (aproximadamente tres meses) y otro en julio de 2021. Ambos episodios, según su testimonio, incluyeron aislamiento, control, humillaciones, amenazas y agresiones físicas dirigidas a "modificar" su identidad de género.
En septiembre de 2021 la Fiscalía allanó un centro clandestino en la vía a Pedernales, en Chone, donde recabó indicios sobre el internamiento forzoso de Karlina. La investigación incorporó:
- testimonios que corroboraron episodios reiterados de violencia por prejuicio hacia su identidad de género.
El Tribunal de Garantías Penales de Chone juzgó los hechos correspondientes a 2019 y 2021. De los seis imputados, tres fueron condenados como autores directos con cuatro años de pena privativa de libertad: entre ellos están dos hermanos de Karlina y un sobrino, señalados por ordenar su internamiento. Los otros tres recibieron penas de dos años como cómplices: uno de ellos identificado como director del primer centro y dos señalados como las personas que interceptaron a Karlina para trasladarla al segundo centro.
La sentencia estableció reparaciones integrales para Karlina que incluyen tratamiento psicológico y pagos por daños materiales e inmateriales. Karlina expresó alivio y satisfacción tras conocer el fallo. Para el abogado Pedro Gutiérrez, la condena es relevante porque reconoce el delito de odio ligado a prácticas de tortura y violencia física propiciadas por el ingreso forzado a centros de "deshomosexualización".
Implicaciones legales y situación de las 'terapias de conversión' en Ecuador
La nota recuerda que, aunque la legislación penal ecuatoriana sanciona actos de tortura con intención de modificar orientación sexual o identidad de género, no existe una sanción específica dirigida a los centros que ofrecen terapias de conversión. En 2020 la Asamblea aprobó una disposición en el Código Orgánico de Salud que prohibía expresamente estas prácticas, pero el texto fue vetado por el expresidente Lenín Moreno durante una campaña de sectores antiderechos.
Organizaciones sociales y organismos internacionales han cuestionado estas prácticas y las han catalogado como formas de tortura o violencia psicológica. A pesar de operativos y clausuras realizados por el Estado, organizaciones civiles advierten que algunos centros siguen funcionando de forma clandestina o bajo otras denominaciones.
La sentencia crea un precedente procesal al condenar a quienes ordenaron y ejecutaron internamientos forzados con fines de "corrección" de identidad de género. Quedan pendientes preguntas prácticas sobre la regulación y clausura efectiva de estos centros, el alcance de sanciones administrativas o penales contra las instalaciones y mecanismos de prevención y reparación para otras víctimas.